Pensión de jubilación del SOVI. La mujer puede sumar 117 días por cada parto anterior a 1967
En relación con esta noticia, publicada el 20 de marzo de 2010 en yosoymadresoltera.com, hemos recibido la siguiente petición de rectificación, que llevamos a efecto a continuación:
“Nos dirigimos a Uds. para hacerles saber que el texto que publican, atribuido a la Secretaría Confederal de CCOO, es obra de la Asociación de Trabajadoras de Hogar de Bizkaia, que lo colgó de su página web (www.ath-ele.com) el día 15 de marzo; posteriormente se envió a todos los contactos de la Asociación y hemos tenido la desagradable sorpresa de ver que a partir del 18 de marzo, CCOO Mujer, la Secretaría Confederal e incluso la Revista Trabajadora, todas de CCOO aparecen en diversas páginas web como autoras del texto. Les pedimos que rectifiquen su noticia en el sentido de atribuir la autoría del texto a quien corresponde. Un saludo, ATH. Isabel Otxoa (Asociación de Trabajadoras de Hogar de Bizkaia).”
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Transcripción íntegra de la noticia publicada por AmecoPress (Madrid, 18 de marzo de 2010).
“La pensión de jubilación SOVI (Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez) es la única a la que tienen acceso muchas mujeres que en los años sesenta dejaron su empleo al casarse, obligadas por la excedencia forzosa, empujadas con la dote por matrimonio o despedidas porque estaban embarazadas.
La Secretaría Confederal de la Mujer de Comisiones Obreras ha emitido un comunicado para informar de algunas novedades y derechos que pueden exigir las mujeres que se encuentran en esta situación.
Las trabajadoras de hogar cotizaban al Montepío de Servicio Doméstico, que empezó a funcionar el 1 de enero de 1960. Al casarse, casi siempre dejaban la casa en la que estaban empleadas. A veces volvían al cabo de unos años a trabajar por horas, pero ya sin Seguridad Social.
La Ley de Igualdad de 22 de marzo de 2007 reconoce a todas las mujeres que no estén de alta en la Seguridad Social en la fecha del parto, 112 días de cotización que sirven para la pensión de jubilación. Esto significa que a los días de cotización que corresponden a los periodos de empleo, hay que sumarles esos 112 días por cada parto.
Hasta la fecha, el Instituto Nacional de la Seguridad Social denegaba las pensiones de jubilación del SOVI a las mujeres que no alcanzaban 1800 días de cotización, considerando que los días por parto no se les aplicaban.
El Tribunal Supremo ha dictado tres sentencias en los últimos meses, en las que declara que los 112 días de cotización son también aplicables para calcular la cotización que da derecho a la pensión de jubilación del SOVI. En 2.010, la pensión SOVI son 375,70 euros al mes, en catorce pagas.
Es compatible con la pensión de viudedad, por lo que las mujeres que no cobren pensiones superiores a 1.175,60 euros al mes en catorce pagas, tienen derecho a la pensión de jubilación.
Para tener derecho a la jubilación SOVI hace falta tener 65 o más años, haber cotizado 1800 días antes del 1 de enero de 1967 en cualquier mutualidad, incluido el Montepío del Servicio Doméstico. Si no se llega a los 1800 días, el periodo se puede completar añadiendo 112 días por cada uno de los partos anteriores a 1 de enero de 1967, y en caso de parto múltiple otros 14 días más por cada hijo a partir del segundo (gemelos serían 126 días).
Así mismo, se necesita no tener actualmente otra pensión del sistema de Seguridad Social, con excepción de la pensión de viudedad, siempre y cuando ésta no supere los 799,90 euros al mes en catorce pagas (si la pensión de viudedad es superior a 799,90 euros al mes pero inferior a 1.175,60 euros al mes en catorce pagas, se puede cobrar una parte de la pensión de jubilación SOVI).
La Secretaría Confederal de la Mujer de Comisiones Obreras recomienda pedir la pensión lo antes posible y afirma que debería recibirse el primer día del mes siguiente a la solicitud.”
Calendula
calendula@yosoymadresoltera.com


Hola:He trabajado desde el 24/05/1962 hasta el 01//05/1971 y tengo dos hijos nacidos en el año 1972 (abril) y en el año 1976 (mayo).Yo recibi la famosa dote por casarme y dejar de trabajar. PUEDO ACCEDER AL SOVI .
GRACIAS
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LikeDislikeMe han concedido pension sovi, no tengo ,otra pension, mi marido esta jubilado y tiene su pension, tengo que sumar los ingresos,o declarar irpf individual. Gracias
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LikeDislikeLA SEGURIDAD SOCIAL ME DENEGÓ LA PENSIÓN SOVI POR NO COMPLETAR LOS 1800 DIAS DE COTIZACION ANTES DE ENERO DE 1967, AUNQUE POSTERIORMENTE TENGO COTIZADOS DOS AÑOS MÁS DE SEGURIDAD SOCIAL EN EL RÉGIMEN GENERAL ORDINARIO QUE EXISTÍA DESPUÉS DEL SOVI. EN TOTAL ME FALTAN DOS MESES. MI PREGUNTA ES SI HABRÍA ALGUNA MANERA DE PODER COMPLETAR ESOS DOS MESES Y PODER RECIBIR LA PENSIÓN. GRACIAS.-
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LikeDislikemi madre tiene 65 años y trabajo hasta el 71 pero no tiene cotizaos 1800 dias hasta el 67,los hijos le nacieron mas tarde de ese año no tiene derecho a nada?puede hacer algo porque lo que trabajo no le vale para nada,gracias
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LikeDislikeTengo 71 años y anterio al año 1967.he cotizado 1762 dias ,de lo cual me denegaron la pensión,pero anterior al año 1967 he tenido tres hijos puedo solicitar la pensión.. gracias
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LikeDislikeTe la tienen que conceder pues a los días cotizados, tienes que aumentar
112 días por cada hijo que has tenido antes del año 1967. Por lo tanto superas los 1800 días necesarios.
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LikeDisliketiene usted derecho al 100% de la pension SOVI, añadiendo los dias que reconoce la ley por parto.
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LikeDislikehabiendo cotizado desde octubre del 1963 hasta 18 julio de 1970 que me case tengo algun derecho alguna pension.
muchas gracias, de antemano
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LikeDislikeHola
Mi madre a trabajado del año 1961 al 1972, ruego me comenten si va ha recibir la pension.
Muchas gracias, de antemano
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LikeDislikehabiendo cotizado desde 1 de octubre de 1962 hasta el 30 de abril del 1971 me corresponde algun tipo de pension gracias
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LikeDislikeHola,
Mi madre tiene la mala suerte de tener 1792 días cotizados antes del 1/1/1967 y sus hijos nacimos después de 1967. ¿Hay algo que se pueda hacer? Estamos esperando la carta denegando la pensión ya que le han llamado por teléfono para decírselo, le ha dado pena hasta a la funcionaria que estaba tramitándolo.
Muchas gracias,
Félix
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LikeDislikeTengo 64 años y al 1/1/1967 había cotizado 1625 días. No cobro ningún tipo de jubilación.¿ Hay alguna forma de completar los 1800 días cotizandos haciendo un plan por mi cuenta de pago con la Seguridad Social ?
GRACIAS
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LikeDislikequiero saber si tengo derecho a la pension por viudedad del sovi que cobraba mi marido tengo 66 años y no tengo otra pension
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LikeDislikeMi mujer trabajo hasta el 3 de junio de 1960, tenia cotizados 1503 dias y cumplio los 65 en el año 2004, en esa fecha pidio su vida aboral y le dijeron que no tenia derecho a pension por no alcanzar los 1800 dia. En este momento hemos solicitado la pension SOVI por que tenemos 3 hijos nacidos en 1961,1963 y 1966, o sea que reune todos los requisitos. Mi pregunta es ¿Puede reclamar atrasos?. de la misma forma que nos dijeron que no tenia derecho, ¿por que no nos comunicaron que ya los tenia?
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LikeDislikeTengo 62 años, he cotizado a la Seguridad Social, cuatro años y tres meses, a partir de 1969 hasta Octubre 1973. Tengo derecho a la pensión del SOVI, bien por edad, ó invalidez, ya que, tengo graves problemas con lumbares y cervicales. Gracias.
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LikeDislikeHe trabajado dada de alta en la seguridad social
desde Enero del 1963 hata Agosto del 1970 quisiera saber si ha habido algun cambio para co
brar el Sovi.
Gracias.Lupe Garcia.
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LikeDislikeTengo cotizados 1583 días antes del 1 de Enero de 1967, por lo que me faltarían 217 días es decir; 7meses. ¿ Puedo cotizar por éstos 7 meses antes de cumplir los 65 años para poder cobrar la pensión SOVI ?.
Si es así, ¿ que debo hacer ?.
Gracias por anticipado; Petra Martínez
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LikeDislikeHola: He cotizado a la Seguridad Social 2.705 días de los cuales antes del 67 solo fueron unos 850 el resto fueron hasta agosto del 71 que es cuando me case. Ahora he cumplido los 65 años. ¿Tengo derecho a algún tipo de prestación?
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LikeDislikeA mi madre le faltaban 85 días de cotización para los 1800 días, y no ha podido percibir la pensión. Tiene 4 hijas nacidas antes de 1.967, por lo tanto ahora con esta Setencia, puede tener la pensión. Mi madre tine 84 años.
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LikeDislikesi, vuelve a solicitarla adjuntando copia del libro de familia para justificar los nacimientos( computan 112 días por parto antes del 1 de enero del 67, y por tanto se suman al total, es decir, si por ejemplo habías cotizado 1600 días y tuviste dos hijos, la suma sería de 1824 días, con lo cual tendría derecho a esta pensión ) saludos y espero que te sirva.
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LikeDislikeNos dirigimos a Uds. para hacerles saber que el texto que publican, atribuido a la Secretaría Confederal de CCOO, es obra de la Asociación de Trabajadoras de Hogar de Bizkaia, que lo colgó de su página web (www.ath-ele.com) el día 15 de marzo; posteriormente se envió a todos los contactos de la Asociación y hemos tenido la desagradable sorpresa de ver que a partir del 18 de marzo, CCOO Mujer, la Secretaría Confederal e incluso la Revista Trabajadora, todas de CCOO aparecen en diversas páginas web como autoras del texto. Les pedimos que rectifiquen su noticia en el sentido de atribuir la autoría del texto a quien corresponde. Un saludo, ATH
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