INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO CIVIL. Qué asuntos se deben registrar
El Registro Civil constituye la prueba de los hechos inscritos en él. Y esos hechos son los más relevantes en la vida de cada ciudadano, desde su nacimiento hasta su muerte.
Ésta es la relación de los asuntos que deben inscribirse en el Registro Civil:
- El nacimiento, el matrimonio y la defunción.
- La filiación.
- El nombre y apellidos y los cambios sobre los mismos.
- La emancipación y habilitación de edad.
- Las modificaciones judiciales de la capacidad de las personas o que éstas han sido declaradas en concurso, quiebra o suspensión de pagos.
- Las declaraciones de ausencia o fallecimiento.
- La nacionalidad y vecindad.
- La patria potestad, tutela y demás representaciones que señala la ley.
Procedencia de la información: El País, 09.01.2010
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Calendula
calendula@yosoymadresoltera.com

quisiera saber si ya no hoy inscripciones de las madre soltera
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